Si un centro de almacenamiento desea ser autorizado para este procedimiento, en sobrecelulasmadre.com presentemos a continuación los pasos para ello.
- Cumplir los requerimientos determinados en los puntos 2 y 3 del Anexo I del RD 1301/2006.
- Desempañar sus funciones sin propósitos lucrativos, al igual que los demas centros de células y tejidos.
- Conservar los mismos estándares de calidad en la obtención, procesamiento y conservación que los centros de almacenamiento de SCU públicos.
- Afirmar que en circunstancias de cese de actividad las unidades almacenadas serán transferidas a otro banco sin riesgo alguno de pérdida ni deterioro.
- Poner a conocimiento y disposición del Registro Español de Donantes de Médula Ósea (REDMO) las unidades almacenadas para que puedan ser utilizadas en cualquier paciente compatible que necesite un trasplante de SCU.